CONCEPTO DE ESTADO (UNIDAD 8)

La noción del Estado.

Bluntschli concibe la noción del Estado como parte de una corriente que generaliza hechos a través de una inducción inicial. Sostiene que el concepto del Estado se deriva de la naturaleza y características de los Estados reales. Su doctrina aborda dos perspectivas para desarrollar esta noción. Porrúa Pérez objeta la postura de Bluntschli, argumentando que su concepto se limita a un Estado histórico específico, lo cual dificulta comprender la esencia de un Estado contemporáneo o pasado sin un concepto previo. Según Porrúa, Bluntschli entiende la noción del Estado como el conocimiento de un tipo histórico concreto, lo cual, según Porrúa, no permite desarrollar una teoría fundamentada en ese saber histórico.

Además, Porrúa critica el segundo punto de vista de Bluntschli, que trata al Estado como la elaboración de un tipo ideal perfecto por realizar. Porrúa sostiene que esta perspectiva no puede servir como base para la Teoría del Estado, ya que esta doctrina científica debe apoyarse en datos de la realidad para llegar a conclusiones válidas. Argumenta que no es posible crear a priori un tipo de Estado perfecto sin fundamentos en datos reales. En resumen, Porrúa desecha la doctrina de Bluntschli por considerarla incompleta.

Tipos de estado.

Jellinek sostiene que la base para elaborar un concepto del Estado no se limita a la observación y comparación de Estados concretos en la historia. Introduce el término "tipo empírico" para referirse al Estado construido sobre la base de la observación en los Estados reales. Sin embargo, Porrúa Pérez critica tanto el "tipo empírico" como el "tipo ideal" (propuesto por Bluntschli) como fundamentos adecuados para la Teoría del Estado. Argumenta que la construcción de un "tipo empírico" solo es válida para los Estados que han servido de base para la generalización y que Jellinek comete un error al no considerar la diversidad de caracteres de los Estados a lo largo de la historia.

Además, Porrúa Pérez sugiere una teoría intermedia, en la que lo ideal debe ser una expresión racional de lo real. Propone contrastar los datos de la realidad con las construcciones mentales y el razonamiento para elaborar un concepto válido del Estado. Argumenta que el concepto del Estado debe comprender lo que es esencial en el presente, no solo lo que ha sido en el pasado. Para ello, aboga por utilizar datos del saber histórico y la experiencia personal del Estado, abstrayendo lo esencial y característico mediante la interpretación racional de esos datos. En lugar de buscar un tipo ideal, busca establecer la esencia del Estado a través de principios válidos, haciendo juicios de valor sobre la realidad y evaluando su justicia o conveniencia.

Concepto social del Estado.

En síntesis, Jellinek y Porrúa Pérez abordan la conceptualización del Estado desde una perspectiva social. Jellinek destaca la importancia de estudiar los hechos sociales en la base del Estado. Por su parte, Porrúa Pérez añade que el Estado es una creación humana fundamentada en relaciones de voluntad entre individuos que incluyen tanto relaciones de dominio como de igualdad.

Porrúa Pérez, siguiendo el método propuesto por Posada, analiza el sustrato del Estado basándose en la observación de la realidad histórica y contemporánea. Destaca que las relaciones humanas en el Estado son dinámicas y constantemente cambiantes, agotándose y dando lugar a nuevas formas de interacción.

La doctrina política, según Porrúa Pérez, ha denominado a las notas constitutivas del concepto del Estado como "elementos". La definición analítica del Estado propuesta incluye una sociedad humana asentada en un territorio, sujeta a un poder soberano que establece un orden jurídico para alcanzar el bien público temporal.

Porrúa Pérez identifica cinco elementos o notas del concepto de Estado:

a) La presencia de una sociedad humana con diferencias específicas.

b) Un territorio que sirve como asiento permanente.

c) Un poder soberano en el seno de la sociedad.

d) Un orden jurídico creado, definido y aplicado por el poder estatal.

e) Una teleología que implica el esfuerzo común para obtener el bien público temporal.

La unidad indisoluble del Estado se manifiesta como el resultado de la combinación de estos elementos, según Porrúa Pérez. La construcción analítica tiene fines didácticos, ya que en la realidad, el Estado no es simplemente una yuxtaposición de partes, sino una entidad con vida propia.

Además de los elementos constitutivos del Estado, la realidad muestra que este posee características esenciales que se pueden observar de manera sintética. Estas características son:

a) Soberanía: Considerada como un adjetivo del poder, califica al Estado en su totalidad como soberano.

b) Personalidad moral y jurídica: El Estado es visto como un ente social con la capacidad de tener derechos y obligaciones, otorgándole una personalidad tanto moral como jurídica.

c) Sumisión al derecho: Implica que la estructura y funcionamiento del Estado deben estar regulados por un orden jurídico necesario, indicando una sujeción a normas legales fundamentales.



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