CONCEPTO DE ESTADO (UNIDAD 8)
La noción del Estado.
Bluntschli concibe la noción del Estado como parte de una
corriente que generaliza hechos a través de una inducción inicial. Sostiene que
el concepto del Estado se deriva de la naturaleza y características de los
Estados reales. Su doctrina aborda dos perspectivas para desarrollar esta
noción. Porrúa Pérez objeta la postura de Bluntschli, argumentando que su
concepto se limita a un Estado histórico específico, lo cual dificulta
comprender la esencia de un Estado contemporáneo o pasado sin un concepto
previo. Según Porrúa, Bluntschli entiende la noción del Estado como el
conocimiento de un tipo histórico concreto, lo cual, según Porrúa, no permite
desarrollar una teoría fundamentada en ese saber histórico.
Además, Porrúa critica el segundo punto de vista de
Bluntschli, que trata al Estado como la elaboración de un tipo ideal perfecto
por realizar. Porrúa sostiene que esta perspectiva no puede servir como base
para la Teoría del Estado, ya que esta doctrina científica debe apoyarse en
datos de la realidad para llegar a conclusiones válidas. Argumenta que no es
posible crear a priori un tipo de Estado perfecto sin fundamentos en datos
reales. En resumen, Porrúa desecha la doctrina de Bluntschli por considerarla
incompleta.
Tipos de estado.
Jellinek sostiene que la base para elaborar un concepto del
Estado no se limita a la observación y comparación de Estados concretos en la
historia. Introduce el término "tipo empírico" para referirse al
Estado construido sobre la base de la observación en los Estados reales. Sin
embargo, Porrúa Pérez critica tanto el "tipo empírico" como el
"tipo ideal" (propuesto por Bluntschli) como fundamentos adecuados
para la Teoría del Estado. Argumenta que la construcción de un "tipo
empírico" solo es válida para los Estados que han servido de base para la
generalización y que Jellinek comete un error al no considerar la diversidad de
caracteres de los Estados a lo largo de la historia.
Además, Porrúa Pérez sugiere una teoría intermedia, en la
que lo ideal debe ser una expresión racional de lo real. Propone contrastar los
datos de la realidad con las construcciones mentales y el razonamiento para
elaborar un concepto válido del Estado. Argumenta que el concepto del Estado
debe comprender lo que es esencial en el presente, no solo lo que ha sido en el
pasado. Para ello, aboga por utilizar datos del saber histórico y la
experiencia personal del Estado, abstrayendo lo esencial y característico
mediante la interpretación racional de esos datos. En lugar de buscar un tipo
ideal, busca establecer la esencia del Estado a través de principios válidos,
haciendo juicios de valor sobre la realidad y evaluando su justicia o
conveniencia.
Concepto social del Estado.
En síntesis, Jellinek y Porrúa Pérez abordan la
conceptualización del Estado desde una perspectiva social. Jellinek destaca la
importancia de estudiar los hechos sociales en la base del Estado. Por su
parte, Porrúa Pérez añade que el Estado es una creación humana fundamentada en
relaciones de voluntad entre individuos que incluyen tanto relaciones de
dominio como de igualdad.
Porrúa Pérez, siguiendo el método propuesto por Posada,
analiza el sustrato del Estado basándose en la observación de la realidad
histórica y contemporánea. Destaca que las relaciones humanas en el Estado son
dinámicas y constantemente cambiantes, agotándose y dando lugar a nuevas formas
de interacción.
La doctrina política, según Porrúa Pérez, ha denominado a
las notas constitutivas del concepto del Estado como "elementos". La
definición analítica del Estado propuesta incluye una sociedad humana asentada
en un territorio, sujeta a un poder soberano que establece un orden jurídico
para alcanzar el bien público temporal.
Porrúa Pérez identifica cinco elementos o notas del concepto
de Estado:
a) La presencia de una sociedad humana con diferencias
específicas.
b) Un territorio que sirve como asiento permanente.
c) Un poder soberano en el seno de la sociedad.
d) Un orden jurídico creado, definido y aplicado por el
poder estatal.
e) Una teleología que implica el esfuerzo común para obtener
el bien público temporal.
La unidad indisoluble del Estado se manifiesta como el
resultado de la combinación de estos elementos, según Porrúa Pérez. La
construcción analítica tiene fines didácticos, ya que en la realidad, el Estado
no es simplemente una yuxtaposición de partes, sino una entidad con vida
propia.
Además de los elementos constitutivos del Estado, la
realidad muestra que este posee características esenciales que se pueden
observar de manera sintética. Estas características son:
a) Soberanía: Considerada como un adjetivo del poder,
califica al Estado en su totalidad como soberano.
b) Personalidad moral y jurídica: El Estado es visto como un
ente social con la capacidad de tener derechos y obligaciones, otorgándole una
personalidad tanto moral como jurídica.
c) Sumisión al derecho: Implica que la estructura y
funcionamiento del Estado deben estar regulados por un orden jurídico
necesario, indicando una sujeción a normas legales fundamentales.

Comentarios
Publicar un comentario